Desde el curso 20/21 existen en nuestro programa DOS informes diferentes:
Informe a Comisión de Seguimiento OBLIGATORIO. Si le falta a algún alumno, la comisión puede decidir si le permite subirlo a posteriori (en todo caso antes de cerrar las actas).
Los informes que hacían los directores de tesis evaluando el trabajo del alumno con porcentajes son algo interno de nuestro programa. En el reglamento lo que dice es que la Comisión “una vez oído el director de tesis” emite su informe, no especifica que tenga que haber ningún papel de modo que cada subcomisión puede decidir si quiere mantenerlo o no. En caso de mantenerlo, puede sugerir que el alumno lo suba al cuaderno de actividades añadido a su propio informe, o pedirlo aparte (por correo o en mano). La subcomisión debería informar del proceso en la convocatoria y avisar a los alumnos de que hiciesen llegar la información a sus directores.
Los alumnos que deben realizar 60 horas de formación transversal. La universidad ofrece unos cursos (ver aquí) agrupados en bloques pensados para ir realizando a lo largo de la duración de los estudios de doctorado. Si el alumno realiza cursos fuera de esta oferta, debe solicitar su reconocimiento mediante una petición cursada a la Comisión Académica a través del Tramitador, incluyendo registro documental del curso y número de horas del mismo.
Es importante recabar la duración de las estancias de los alumnos (nos lo pide la ANECA), por lo que deberían incluirlas en su cuaderno de actividades y en el informe a la Comisión de Seguimiento.
Los alumnos que tengan financiación (becas) específica para realización de estancias en el extranjero, deben realizar dichas estancias para poder depositar su Tesis, a no ser que le fuera rechazada, en cuyo caso debe justificarse.
Para los casos en que los alumnos no dispongan de financiación específica para la realización de la estancia, en la memoria de verificación se contempla sustituir ésta por actividades participativas, donde presenten sus resultados en foros especializados (conferencias, congresos, simposios, etc.). Para doctorandos pertenecientes a una empresa o que desarrollen su actividad investigadora dentro de una empresa, también se contempla la posibilidad de presentar estos resultados en comités o jornadas técnicas de carácter profesional. En todos los casos, es preferible que estas actividades tengan lugar durante el segundo o tercer año de doctorado, si está a tiempo completo, o el tercero y quinto, si está a tiempo parcial. Las 60 horas mínimas que se piden en la memoria de verificación se consideran cubiertas con el tiempo de preparar y realizar una presentación oral en una conferencia.
Los alumnos deben realizar actividades de difusión de los resultados de su Tesis. En la memoria de verificación actual pide que al menos se haya enviado un artículo de revista a revisión, aunque se haya rechazado. Desde ANECA se nos ha pedido modificar esto y en la próxima versión será necesario haber publicado al menos un artículo en una revista del JCR. El criterio que se adoptará en esta revisión (que se está tramitando) será que se cumpla al menos uno de los criterios siguientes:
Un artículo (publicado durante el período de realización de la tesis y sobre temas relacionados con la misma) en revistas de reconocido prestigio en su especialidad e incluidas en el catálogo Journal Citation Reports.
Dos ponencias (publicadas durante el período de realización de la tesis y sobre temas relacionados con la misma) en congresos internacionales de prestigio.
En ciertos casos (justificados) una patente o producto con registro de propiedad intelectual con indicios de calidad contrastada.
En el caso de que surjan dudas, las comisiones pueden emitir un informe POSITIVO o FAVORABLE, pero sujeto a que se cubran las carencias detectadas para la próxima presentación ante la comisión de seguimiento. Esto se puede indicar en el informe que realiza la comisión.